Publicado el: 04 May 2020

Pravia se libra de las restricciones horarias por 80 personas

La villa tiene un censo de 4.920 vecinos, mientras que las limitaciones en la fase 0 del confinamiento solo afectan a poblaciones de más de 5.000

Desde hoy se permitirá la apertura al público de determinados comercios minoristas y locales hosteleros con cita previa

Personal municipal limpiando caminos para facilitar los paseos en el entorno de Pravia

F. R. / Pravia

Se puede decir que Pravia ha librado por los pelos en las restricciones horarias de la fase cero de la desescalada para la transición hacia la nueva normalidad en el estado de alarma por el coronavirus. Aunque el concejo tiene en torno a los 8.000 habitantes, la villa, según el último censo, se sitúa en 4.920 personas, es decir 80 menos del límite para aplicar franjas horarias. Esta información era en principio dudosa, motivo por el cual la pasada semana la Federación Asturiana de Concejos por petición de los ayuntamientos, pidió a Delegación del Gobierno una aclaración. Finalmente tras la interpretación realizada por esta institución el pasado viernes quedaba claro que Pravia no está afectada por las restricciones horarias.
El pasado 1 de mayo  varios ayuntamientos preguntaban a Delegación del Gobierno de Asturias sus dudas sobre el punto 2 del artículo 5 de la norma del Ministerio de Sanidad que permite realizar actividad física desde el sábado 2 de mayo. El punto dice que no habrá tramos horarios en “aquellos municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes”. Tras consultar con el Gobierno, la delegada Delia Losa, comunicó a la Federación Asturiana de Concejos que en Asturias el ámbito territorial de aplicación de la norma es el núcleo de población, no el concejo. “Por lo tanto, en los núcleos de menos de 5.000 habitantes no habrá franjas horarias en los paseos y prácticas deportivas”, señalan.

Comercio abierto por cita previa

El Boletín Oficial del Estado publicó ayer las condiciones para la apertura al público de determinados comercios y servicios en la fase 0 de la desescalada, de manera que se permite la apertura aquellos establecimientos que quedaron suspendidos por el estado de alarma del COVID19  que tengan una superficie menor a 400 metros cuadrados,  que no desarrollen su actividad dentro de un Centro Comercial y  siempre que cumplan una serie de requisitos, uno de ellos es la cita previa “que garantice la permanencia de un solo cliente por trabajador en el establecimiento sin habilitación de zonas de espera”.

 Además, la atención será individualizada al cliente “con la debida separación física mediante la instalación de mostradores o mampara” y el horario será de “atención preferente para mayores de 65 años, que coincida con las franjas horarias para sus salidas”. La normativa permite establecer sistemas de recogida en el local de productos adquiridos de manera escalonada para evitar aglomeraciones y los desplazamientos a los locales podrán efectuarse únicamente en el domicilio de residencia.

 En cuanto a la hostelería y restauración únicamente se podrían realizar servicios de entrega a domicilio y mediante recogida de pedidos por los clientes en los establecimientos. El pedido se debe hacer telefónicamente fijado el establecimiento un horario de recogida para evitar aglomeraciones y los establecimientos solo podrán permanecer abiertos durante el horario de recogida de los pedidos.

Por otro lado se han determinado medidas de higiene a aplicar en los locales ya que al menos dos veces al día se realizará una limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes. Además no se permitirá la  utilización de los aseos por parte de los clientes. Respecto al personal, no podrán incorporarse aquellos trabajadores que estén en aislamiento por tener diagnostico de COVID19, con algún síntoma o estén en cuarentena y se deberá de facilitar a los trabajadores los equipos de  protección individual.

 

 

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